Conocemos comúnmente la cadena de custodia, en un procedimiento judicial, como aquel conjunto de actos que permiten garantizar la verosimilitud del material probatorio. Se trata de un procedimiento de carácter formal y rutinario que, generalmente, abarca la recogida de pruebas, su posterior traslado, la comprobación y, finalmente, el proceso de vigilancia de estas.

De esta manera, se trata de determinar si la prueba obtenida es fiable, de cara a su mayor o menor legitimidad, y su posterior valoración por parte del juez. Si nos encontramos con una prueba que ha sido ilícitamente modificada, por muy válida que haya sido su obtención, el juez estimará que no pueden extraerse conclusiones fiables y la descartará, pudiendo dejar sin fundamento la declaración de parte.

La articulación de la cadena de custodia se sostiene necesariamente sobre los siguientes principios:

  • Principio de aseguramiento de la prueba
  • Principio de licitud de la prueba
  • Principio de veracidad de la prueba
  • Principio de necesidad de la prueba
  • Principio de obtención de la prueba
  • Principio de inmediación, publicidad y contradicción de la prueba

El Tribunal Supremo, en su sentencia 795/2104, de 20 de noviembre, entiende que «la cadena de custodia no es un fin en sí mismo, sino que tiene un valor instrumental, lo único que garantiza es la indemnidad de las evidencias desde que son recogidas hasta que son analizadas, lo que en caso de quiebra puede afectar a la credibilidad del análisis, pero no a su validez”.

Las pruebas recogidas deben de estar totalmente intactas, de forma que se pueda demostrar su licitud en el juicio, y para ello debe seguirse un procedimiento que respete la cadena de custodia y que, generalmente, se compone de cuatro fases: la recolección de las pruebas garantizando su inocuidad, su correcta preservación y embalaje, el posterior transporte hacia los laboratorios o allá donde deban ser analizadas y, finalmente, su custodia y preservación hasta que inicie el juicio y se presenten ante el juez, lo cual significará el término de la cadena de custodia.

La importancia de la cadena de custodia radica en que, gracias al estricto cumplimiento de las pautas expuestas, se permite asegurar que los indicios probatorios recolectados sirven para sustentar de manera eficaz la prueba en el juicio, habiendo garantizado que se ha evitado todo tipo de contaminación que pueda influir en su legitimidad.

El Perito tiene la responsabilidad de mantener las pruebas intactas

El Tribunal Supremo recuerda, en la reciente sentencia 597/2022, 15 de junio, que “la cadena de custodia sirve de garantía formal de la autenticidad e indemnidad de la prueba pericial. No es prueba en sí misma”. No se pretende aportar ninguna prueba al procedimiento, sino simplemente acreditar que, con las garantías precisas en su conservación, no se ha alterado o vulnerado aquella obtenida con anterioridad.

Como en el resto de pruebas, la prueba pericial tampoco está exenta de este requisito formal, ya que se debe demostrar que se ha asegurado la integral “pureza” del material probatorio.

De hecho, tal y como confirma el Tribunal Supremo, “resulta evidente la relación entre la cadena de custodia y la prueba pericial, por cuanto la validez de los resultados de la pericia depende de la garantía sobre la procedencia y contenido de lo que es objeto de análisis”.

El Perito se encarga de realizar un análisis sistemático de la situación requerida, para posteriormente reflejarlo en un documento técnico (Informe Pericial), donde se detallarán las conclusiones obtenidas en base a los datos analizados.

De esta forma, tiene la responsabilidad de mantener las pruebas intactas, de forma que, por lo común, realiza una copia de las originales (mediante fotografía, vídeo, disco duro, etc.), con el objetivo de mantenerlas libres de cualquier tipo de alteración y asegurar así su admisibilidad en el juicio, ya que la idea es que puedan ser valoradas por el Tribunal sin ningún tipo de modificación técnica.

En Perito Judicial Oficial somos conscientes de la importancia y necesidad de que los peritajes se lleven a cabo con la mayor fiabilidad posible, así como que se transporten y conserven las pruebas según las máximas garantías y respeto a los principios probatorios previstos en el procedimiento judicial.

Si necesitas los servicios de un Perito, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.