El pasado mes de septiembre, la Audiencia de Castellón reabrió el mediático caso por el que se acusa al empresario Ángel de Cabo, a Iván Losada Castell y a Alfonso María Egusquiza Gómez de defraudar a Hacienda dos millones de euros. Nuestro socio fundador, Albert Galán, fue el Perito que emitió el dictamen pericial valorado por la jueza que absolvió en primera instancia a los acusados. Os contamos todos los detalles sobre el caso y el papel de su informe pericial en este proceso judicial.

Dictamen pericial

El empresario Ángel de Cabo Sanz, propietario de Nueva Rumasa y Marsans, así como Iván Losada Castell y Alfonso María Egusquiza Gómez, fueron acusados de delito fiscal por la presunta comisión de un delito de falsedad en las cuentas anuales en concurso medial con un delito contra la Hacienda Pública.

En este caso, la labor del Perito Judicial, Albert Galán, consistió en elaborar un dictamen sobre el resultado contable real de la sociedad mercantil dedicada a la promoción inmobiliaria Belqueba, basado en normas contables y utilizando para ello informes de auditoría previos, el informe del administrador concursal y otros documentos oficiales, firmados por la inspección de Hacienda, la administración concursal, la auditoría y la administración de la sociedad. Asimismo, la labor pericial también incluyó la tasación de la promoción de Karilo, mediante una visita física a 85 viviendas y tomando en cuenta la caída del sector inmobiliario de un 35%.

El informe pericial concluyó que se podrían haber restado 5,5 millones del valor real de Karilo por la depreciación, como consecuencia de la crisis inmobiliaria. Asimismo, explicó que, para alcanzar los valores reflejados en su informe, se rehízo el resultado de la contabilidad. En relación con los 200.000 euros que figuraban por sanciones de la Agencia Tributaria y actas manifestó que, pese a ajustarse al resultado contable, fiscalmente no se consideraron. Como conclusión tras ver el acta de la Inspectora de Hacienda, la contabilidad y su análisis, Albert Galán aseguró que se debían haber llevado al Impuesto de Sociedades tres de las cuatro partidas citadas anteriormente y que, en la práctica, hay 4 años de margen desde el origen de las deudas de una persona para llevarlas al Impuesto de Sociedades. En cuanto a las provisiones o dotaciones que reflejó en su informe del ejercicio 2008, manifestó con toda seguridad que hubiera sido causa de disolución de la sociedad.

En definitiva, las irregularidades contables, la forma de imputar los gastos a uno u otro ejercicio fiscal y de reflejar las existencias del ejercicio o de su valoración, tal vez poco rigurosa desde el punto de vista inspector, o inclusive los exiguos beneficios obtenidos por la empresa pese a la cifra de negocios, no constituyeron para la jueza de primera instancia indicios suficientes como para poder inferir, sin ningún género de duda, que los acusados, en su condición de administradores de la mercantil Belqueba, actuaran con la finalidad de ocultar el verdadero resultado de la actividad de la empresa para, de tal forma, defraudar a la Hacienda Pública eludiendo el pago de las cuotas impositivas que le correspondían.

Por lo tanto, la jueza absolvió a Ángel de Cabo, a Iván Losada Castell y a Alfonso María Egusquiza Gómez del delito de falsificación de la contabilidad en concurso medial con un delito contra la Hacienda Pública por el que eran acusados, absolviendo asimismo a la sociedad mercantil Belqueba como responsable civil subsidiaria, declarando de oficio las costas procesales causadas y reservando a la AEAT las acciones que por estos hechos le pudieran corresponder ante otras jurisdicciones.

Contra esta resolución, no firme, se interpuso recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Castellón, que anuló el pasado mes de septiembre la absolución de los acusados reabriendo así la causa, actualmente en manos de un juzgado de lo penal para la celebración de un segundo juicio oral.

Este caso ilustra, una vez más, la enorme relevancia que adquiere el dictamen pericial en la valoración de los hechos por parte de los jueces a la hora de dictar sentencias en casos de gran trascendencia.

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